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Programa de Ayudas LEADER 2007-2013

Programa Leader: Es el programa de ayudas de la Unión Europea destinado al desarrollo social y económico de las áreas rurales, apoyando a través de subvenciones directas e indirectas a los proyectos e iniciativas de nuestros pueblos, principalmente aquéllos que, siendo viables económicamente, generen puestos de trabajo.

 

Gúdar-Javalambre y Maestrazgo Asociación de Desarrollo: Es para ambas comarcas la entidad gestora de los fondos LEADER que decide, a través de sus Juntas Comarcales, si los proyectos que se presentan serán o no subvencionados, fijando en su caso el porcentaje de ayuda concedido a través de unos criterios previamente marcados.

Gúdar-Javalambre A.D. y Maestrazgo A.D., asumen además el papel de entidades dinamizadoras del territorio, apoyando y colaborando con entidades públicas o privadas en la realización de actividades e iniciativas de interés general.


Régimen de las ayudas.

 

Proyectos: Los fondos LEADER subvencionan proyectos surgidos en el territorio bajo la modalidad de ayudas a fondo perdido. Las iniciativas pueden tener carácter productivo o no productivo según generen o no ingresos lucrativos para su promotor, y deben enmarcarse en alguna de las medidas que componen el programa:

 

                             111. Formación profesional e información a agentes del territorio

 123. Aumento del valor añadido de productos agrícolas y forestales

311. Diversificación hacia actividades no agrícolas

312. Creación y desarrollo de microempresas

313. Fomento de actividades turísticas

321. Servicios básicos

323. Conservación y mejora del patrimonio rural

 

 

Beneficiarios: Podrán solicitar las ayudas los empresarios individuales y las sociedades civiles o mercantiles con personalidad jurídica cualquiera que sea su tipología. En ambos casos deberá tratarse de microempresas, es decir, aquéllas que ocupan como máximo a nueve trabajadores y cuyo volumen de negocio anual no supera los dos millones de euros.

Para proyectos no productivos, podrá solicitarlas cualquier entidad pública o privada con implantación en el territorio.

 

  El formulario de solicitud y la documentación complementaria pueden ser recogidas en cualquiera de nuestras oficinas o en www.agujama.org

 

Criterios para la concesión de ayudas: De todos los proyectos presentados, se valorarán aquéllos que, dentro de la estrategia de desarrollo planteada por Gúdar-Javalambre y Maestrazgo A.D., fomenten el equilibrio territorial, el crecimiento socio-económico de la zona y la creación de empleo estable. Además, se considerarán adicionalmente los siguientes aspectos:

 

Para proyectos Productivos:

1º. Viabilidad Técnico-Económica del proyecto

2º. Empresa de nueva creación (Se requerirá Estudio de Viabilidad)

3º. Inversión realizada bajo parámetros de sostenibilidad, medio ambiente o accesibilidad

4º. Actividad innovadora sin precedente en la comarca de referencia

5º. Utilización de elementos con sensibilización medioambiental manifiesta

6º. Apoyo a la promoción territorial a través de la actividad

7º. Solvencia económico, financiera y empresarial del promotor

8º. Integración en algún plan de calidad o distinción profesional

9º. Pertenencia presente o futura a una asociación sectorial de ámbito comarcal

 

Para proyectos No Productivos:

 

1º. Carácter innovador de la inversión

2º. Carácter asociativo del promotor

3º. Contribución ambiental

4º. Contribución al desarrollo socioeconómico de la zona

5º. Beneficios sociales directos

6º. Grado de promoción de las comarcas

  

Porcentaje y cuantía máxima de ayuda: Las Juntas Comarcales determinarán el porcentaje de ayuda en función de la adecuación de los proyectos a estos criterios, oscilando entre el 10% y el 35 % sobre las inversiones planteadas en proyectos productivos. La cuantía máxima de ayuda por promotor será de 150.000 Euros.

Para proyectos no productivos, la ayuda puede alcanzar el 100 % de los gastos.

 

  Las entidades subvencionadas se obligan a mantener el destino de la inversión y el funcionamiento de la actividad al menos durante los cinco años posteriores al pago de la ayuda

 

Inversiones Auxiliables: Se consideran gastos auxiliables aquéllos que, respondiendo a la naturaleza del proyecto subvencionado, se consideren necesarios para la real y efectiva puesta en marcha de la actividad. La inversión mínima para considerar proyectos productivos debe ser superior a 5.000 euros.

 

Inversiones Excluidas: No se subvencionarán, entre otros, los siguientes gastos:

-          Maquinaria de 2ª mano y equipos usados

-          Adquisición de inmuebles

-          Traspasos de negocios

-          Vehículos

-          Impuestos y tasas

-          Mercaderías, gastos corrientes y personal derivados de la actividad subvencionada

 

  El plazo para la presentación de solicitudes termina el 1 de Diciembre de 2013. No esperes hasta entonces, ¡acude!




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